Reglamento
Artículo 75 — Declaración en el período de vacaciones o de suspensión — Reglamento a la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública
- Número
- 54710
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO V
Sujetos obligados a presentar declaración jurada
Artículo 75
Declaración en el período de vacaciones o de suspensión
Vigente desde 27 de febrero de 2008 · texto SINALEVI
Los declarantes que se encuentren de vacaciones o estén suspendidos con o sin goce de salario durante el período o parte de éste, en que corresponde presentar declaración, deben cumplir con dicho requisito en el citado período, de acuerdo con los plazos establecidos en la Ley contra la Corrupción y en Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública , Nº 8422 del seis de octubre de 2004 y el presente Reglamento.
(Así reformado por el artículo 1°, inciso p), del decreto ejecutivo N° 34409 del 27 de febrero de 2008).