Normativa
Artículo 84 — Notificaciones — Lineamientos para el ejercicio y control del servicio notarial
- Número
- 74877
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO VII
FISCALIZACIÓN
La notificación de cualquier acto que deba comunicarse al notario se hará a los medios de comunicación señalados y consignados en el Registro Nacional de Notarios. El correo electrónico será el medio principal, y los demás se tendrán como medios accesorios.
(Así reformado en sesión ordinaria celebrada el 07 de febrero de 2019, mediante acuerdo firme 2019-003-007 del Acta 2019-003)