Ley
Artículo 75 — Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional
- Número
- 1644
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10522, La Gaceta N.º 215 del 15 nov 2024 · Ver en La Gaceta ↗
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TÍTULO III
CAPÍTULO IV
Artículo 75
Vigente desde 26 de septiembre de 1953 · texto SINALEVI
Todas las operaciones con divisas extranjeras que realicen los bancos comerciales, así como el mantenimiento de activos y pasivos en el exterior en monedas extranjeras, estarán sujetos a las disposiciones de la Ley Orgánica del Banco Central y a las resoluciones y recomendaciones que al efecto acordare la Junta Directiva de dicho Banco Central.