Normativa
Artículo 246 — Reforma Integral a la Ley Orgánica del Poder Judicial
- Número
- 7333
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10558, La Gaceta N.º 213 del 13 nov 2024 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO X
DEL EJERCICIO DE LA ABOGACIA
CAPÍTULO ÚNICO
Artículo 246
Vigente desde 5 de mayo de 1993 · texto SINALEVI
El Colegio de Abogados informará a la Secretaría del Consejo Superior del Poder Judicial de las inscripciones de los licenciados en Derecho, a fin de anotarlos en los catálogos respectivos y publicar sus nombres en el Boletín Judicial, para que todas las autoridades judiciales tengan conocimiento de ello.