Ley
Artículo 31 — Funciones — Ley Orgánica del Ministerio de Salud
- Número
- 5412
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10725, La Gaceta N.º 140 del 30 jul 2025 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
LIBRO I
De las Atribuciones y Organización General del Ministerio
TÍTULO II
De la Organización General del Ministerio
CAPÍTULO II
Del Ministro y de su Despacho
SECCIÓN X
SECRETARÍA TÉCNICA DE SALUD MENTAL
El Consejo Nacional de Salud Mental tendrá las siguientes funciones:
- Asesorar y realizar recomendaciones al despacho ministerial y a la Secretaría Técnica de Salud Mental, en la formulación y evaluación de las políticas, los planes, los programas y los proyectos de salud mental.
- Establecer los mecanismos de coordinación, conducción y dirección política de salud mental con los diferentes actores del Sistema Nacional de Salud.
- Velar por el uso del financiamiento para impulsar las acciones de prevención, promoción, atención y rehabilitación en el Sistema Nacional de Salud, los cuales estarán orientados a los problemas de salud mental, tales como depresión, suicidio, esquizofrenia, adicciones a las drogas y al alcohol, el matonismo escolar, el acoso laboral y el apoyo necesario al grupo familiar.
- Gestionar las investigaciones científicas en salud mental en Costa Rica, con el fin de conocer la situación de esta problemática y obtener un diagnóstico actualizado.
- Apoyar el desarrollo de un foro nacional de salud mental anual sobre rendición de cuentas.
- Rendir cuentas a las instituciones representadas sobre la labor que realiza desde el Consejo.
(Así reformado el inciso anterior por el artículo 34 de la Ley de salud mental, N° 10412 del 29 de noviembre del 2023) (Así reformado el inciso anterior por el artículo 34 de la Ley de salud mental, N° 10412 del 29 de noviembre del 2023) (Así adicionado el inciso anterior por el artículo 34 de la Ley de salud mental, N° 10412 del 29 de noviembre del 2023) (Así adicionado por el artículo 4° de la ley N° 9213 del 4° de marzo de 2014, "Creación de la Secretaría Técnica de Salud Mental")