Ley
Artículo 56 — Ley Orgánica del Ministerio de Educación Pública
- Número
- 3481
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO IV
De los Organismos Administrativos
CAPÍTULO VIII
Del Departamento de Extensión Cultural y Bibliotecas
Artículo 56
Vigente desde 5 de julio de 1971 · texto SINALEVI
Mantendrá estrecha relación con organismos internacionales de asistencia técnica para el desarrollo de programas culturales y escolares y atenderá las actividades relacionadas con la celebración de congresos, seminarios y otros, nacionales e internacionales, cuando tengan atinencia con sus propios fines.
(NOTA: La materia que compete al Departamento de Extensión Cultural y Bibliotecas se traslado al Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, según su Ley de Creación No.4788 del 5 de julio de 1971).