Ley
Artículo 37 — Movimientos de personal — Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica
- Número
- 7558
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10973, La Gaceta N.º 168 del 7 sept 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO I
ORGANIZACION Y FUNCIONES DEL
SECCIÓN VII
Auditoría Interna
La administración del Banco Central hará los nombramientos, las remociones, permutas, sanciones, promociones, concesión de licencias y los demás movimientos de personal de la Auditoría, previa aprobación del Auditor Interno, respetando las políticas generales establecidas por la Junta Directiva.