Ley
Artículo 54 — Aplicación de criterios — Ley Orgánica del Ambiente
- Número
- 7554
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10970, La Gaceta N.º 168 del 7 sept 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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CAPÍTULO XIII
Suelo
Los criterios para proteger y aprovechar el suelo se considerarán:
- En la determinación de usos, reservas y destinos del suelo.
- En los servicios de apoyo, de naturaleza crediticia, técnica o investigativa, que otorgue la Administración Pública a las actividades ligadas al uso del suelo.
- En los planes, los programas y los proyectos de conservación y uso de los suelos.
- En el otorgamiento, la modificación, la suspensión o la revocación de permisos, concesiones o cualquier otro tipo de autorización sobre el aprovechamiento del suelo y del subsuelo.
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00053-2021 · Tribunal Contencioso Administrativo Sección I
Contencioso-administrativo
«se apegaron a lo dispuesto por la normativa ambiental contenida en la Ley Forestal 7575 artículos 33, 34 y 54; Ley Orgánica del Ambiente 7554 artículos 34, 51, 61 y 99 d)»