Ley
Artículo 13 — Atribuciones de la Junta Directiva del Consejo — Ley General de la Persona Joven
- Número
- 8261
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10896, La Gaceta N.º 104 del 8 jun 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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TÍTULO II
Sistema Nacional de Juventud
CAPÍTULO II
Consejo Nacional de Política Pública
Artículo 13
Atribuciones de la Junta Directiva del Consejo
Vigente desde 12 de mayo de 2026 · texto SINALEVI
La Junta Directiva del Consejo Nacional de la Política Pública de la Persona Joven tendrá las siguientes atribuciones:
- Establecer, junto con la Dirección Ejecutiva, la organización administrativa y los programas locales o nacionales necesarios para el cumplimiento de sus objetivos.
- Impulsar la política pública de la persona joven, de acuerdo con lo establecido en esta ley.
- Aprobar su plan anual operativo, en concordancia con los objetivos señalados en esta ley.
- Aprobar, modificar e improbar sus anteproyectos de presupuestos ordinarios y extraordinarios, previo a enviarlos al Ministerio de Cultura y Juventud, para lo que le compete.
- Conocer y resolver las sugerencias, las propuestas y los planteamientos de la Red Consultiva Nacional de la Persona Joven y de las instancias gubernamentales, respecto del ejercicio de las atribuciones legales del Consejo.
- Aprobar la memoria anual y los balances generales del Consejo.
- Estimular y aprobar los convenios de cooperación con organizaciones nacionales o internacionales, públicas o no gubernamentales que desarrollen programas a favor del desarrollo integral y el ejercicio pleno de la ciudadanía de las personas jóvenes.
- Garantizar la buena marcha y el buen uso de los fondos del Consejo y la ejecución correcta de sus programas.
- Canalizar la asistencia técnica y económica nacional o extranjera que permita el desarrollo integral de las personas jóvenes.
- Representar al país en las actividades nacionales e internacionales relacionadas con personas jóvenes, la capacitación de recursos humanos en temas de las personas jóvenes, el desarrollo de los principios fundamentales establecidos en esta ley y las estrategias globales de desarrollo nacional.
- Nombrar, de su seno, a un miembro representante a la Junta Directiva del Banco Hipotecario de la Vivienda (Banhvi).
(Así reformado el inciso anterior por el artículo 2° aparte g) de la Ley Fortalecimiento del control presupuestario de los órganos desconcentrados del Gobierno Central, N° 9524 del 7 de marzo de 2018) (Así adicionado el inciso anterior por el artículo 4° de la Ley N° 9151 del 27 de agosto del 2013, "Acceso de Vivienda para las Personas Jóvenes". No obstante la numeración no concuerda) (Así reformado por el artículo 5° de la ley N° 9155 del 3 de julio del 2013)