Ley
Artículo 3 — Ley General de la Administración Pública
- Número
- 6227
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10889, La Gaceta N.º 73 del 22 abr 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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LIBRO PRIMERO
Del Régimen Jurídico
TÍTULO PRIMERO
Principios Generales
CAPÍTULO ÚNICO
Artículo 3
Vigente desde 2 de mayo de 1978 · texto SINALEVI
- El derecho público regulará la organización y actividad de los entes públicos, salvo norma expresa en contrario.
- El derecho privado regulará la actividad de los entes que por su régimen de conjunto y los requerimientos de su giro puedan estimarse como empresas industriales o mercantiles comunes.
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00614-2026 · Tribunal Contencioso Administrativo
Contencioso-administrativo
«de conformidad con el artículo 3 de la LCA, el régimen de nulidades de la Ley General de la Administración Pública (en adelante LGAP) resulta aplicable a la contratación administrativa.»
- Resolución 00061-2023 · Tribunal Contencioso Administrativo Sección I
Civil
«aquel servicio es de naturaleza meramente mercantil, derivado del giro comercial del Banco en su funcionamiento como empresa pública, la cual se regula expresamente por el derecho privado de acuerdo a lo establecido en el ordinal 3 de la Ley General de la Administración Pública.»
- Resolución 00026-2023 · Tribunal Contencioso Administrativo Sección I
Contencioso-administrativo
«(artículos 2, 3 y 5 de la Ley General de la Administración Pública)»
- Resolución 00018-2023 · Tribunal Contencioso Administrativo Sección I
Contencioso-administrativo
«no es de aplicación el régimen de responsabilidad de la Administración Pública, ya que la actuación del asegurador en este caso no es en el ejercicio de potestades de imperio de la administración, según lo define el artículo 3 de la Ley General de la Administración Pública.»
- Resolución 00017-2021 · Tribunal Contencioso Administrativo Sección I
Contencioso-administrativo
«artículo 3 de dicha Ley dispone que el gobierno del INCIENSA corresponderá a su Consejo Técnico, añade además que el»
- Resolución 18505 · Sala Constitucional
Constitucional
«"El derecho privado regulará\nla actividad de los entes que por su régimen de conjunto y los requerimientos de \nsu giro puedan estimarse como empresas industriales o mercantiles comunes."»