Ley
Artículo 106 — Ley General de la Administración Pública
- Número
- 6227
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10889, La Gaceta N.º 73 del 22 abr 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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LIBRO PRIMERO
Del Régimen Jurídico
TÍTULO CUARTO
De las Relaciones Interorgánicas
CAPÍTULO SEGUNDO
De la Relación Jerárquica
SECCIÓN PRIMERA
De la Relación Jerárquica Propiamente
Artículo 106
Vigente desde 23 de marzo de 2026 · texto SINALEVI
De no excluirse expresamente, habrá recurso jerárquico contra todo acto del inferior, en los términos de esta ley.
Más información
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00056-2015 · Tribunal Contencioso Administrativo Sección I
Contencioso-administrativo
«Fundamenta su dicho el actor en los numerales 106, 350 y 366 de la Ley General de la Administración Pública.»