Ley
Artículo 120 — Criterios de valoración para la determinación de la sanción a particulares — Ley General de Contratación Pública
- Número
- 9986
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10862, La Gaceta N.º 71 del 20 abr 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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TÍTULO VI
Régimen sancionatorio
CAPÍTULO I
Sanciones a particulares
SECCIÓN II
Causales
Artículo 120
Criterios de valoración para la determinación de la sanción a particulares
Vigente desde 27 de mayo de 2021 · texto SINALEVI
Para la aplicación de la sanción se deberán tomar en consideración, al menos, los siguientes criterios:
- El impacto negativo de la acción u omisión en el servicio público que brinde la Administración o en el interés público.
- La reiteración de la conducta ya sancionada u otra causal de sanción en un plazo de dos años desde la fecha en que adquiere firmeza la última sanción.
- La comisión de varias faltas dentro del mismo concurso.