Ley
Artículo 268 — Obligaciones — Ley General de Aduanas
- Número
- 7557
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10271, La Gaceta N.º 121 del 29 jun 2022 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO XII
OPERADOR ECONÓMICO AUTORIZADO
CAPÍTULO I
OPERADOR ECONÓMICO AUTORIZADO
Los operadores económicos autorizados deberán cumplir con las siguientes obligaciones:
- Mantener el cumplimiento de requisitos evaluados para su certificación.
- Presentar la información requerida por la autoridad aduanera.
- Dar acceso y colaboración a la autoridad aduanera, para efectuar sus actividades de control aduanero.
- Informar a la autoridad aduanera, de forma inmediata, situaciones, condiciones o incidentes que afecten el cumplimiento de los requisitos como operador económico autorizado.
- Presentar, en el plazo definido, la autoevaluación, de acuerdo con lo regulado por el servicio aduanero.
- Conservar durante el plazo de cinco años y entregar, ante requerimiento de la autoridad aduanera, la información documental y/o electrónica relativa a su gestión, los libros de contabilidad, sus anexos, archivos, registros contables y cualquier otra información de trascendencia tributaria o aduanera.
- Transmitir electrónicamente, cuando corresponda, las declaraciones aduaneras e información complementaria relativa a los actos, las operaciones o los regímenes aduaneros en que participen, según los formatos y procedimientos establecidos por la autoridad aduanera.
- Cumplir los requisitos legales y administrativos a que estén sujetos los trámites, las operaciones y los regímenes aduaneros en que intervengan y llevar registros de estos.
- Mantenerse al día en el pago de sus obligaciones aduaneras, tributarias y sus obligaciones obrero patronales, sus intereses, las multas y los recargos de cualquier naturaleza.
- Contar con instalaciones necesarias para realizar sus operaciones, según la naturaleza y las características del tipo de actividad comercial o modelo de negocio, conforme a las disposiciones establecidas en resolución de alcance general.
- Otras establecidas en el reglamento de esta ley.
(Así adicionado por el artículo 1° numeral 18) de la ley N° 10271 del 22 de junio del 2022)