Ley
Artículo 21 — Fines — Ley del Instituto Nacional de las Mujeres
- Número
- 7801
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10347, La Gaceta N.º 128 del 14 jul 2023 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO IV
FORO DE LAS MUJERES
Para propiciar la más amplia participación ciudadana, existirá, con carácter consultivo, un Foro de las Mujeres, constituido por organizaciones sociales que trabajan a favor de las mujeres, el cual será convocado por el Instituto, al menos tres veces al año. Su integración y funcionamiento será regulado por reglamento emitido por el Instituto.