Ley
Artículo 179 — Ley de Tierras y Colonización (ITCO INDER)
- Número
- 2825
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO XI
Disposiciones Finales
Artículo 179
Vigente desde 4 de julio de 2001 · texto SINALEVI
El Poder Ejecutivo y el Instituto de Tierras y Colonización, en lo que a cada uno respecta, al reglamentar esta ley, señalarán los trámites complementarios para su debida ejecución.
(La Sala Constitucional mediante resolución N° 2063 del 14 de febrero de 2007, estableció que este artículo no resulta inconstitucional, en tanto "…se interprete que la potestad de emitir reglamentos ejecutivos recae únicamente en el Poder Ejecutivo. …")