Ley
Artículo 157 — Ley de Tierras y Colonización (ITCO INDER)
- Número
- 2825
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO IX
Vivienda Rural
Artículo 157
Vigente desde 14 de octubre de 1961 · texto SINALEVI
El Instituto acogerá preferentemente las solicitudes de las cooperativas para la construcción, ampliación o mejora de las viviendas de sus asociados.
En segundo lugar acogerá las demandas en igual sentido que presenten los pequeños y medianos propietarios y colonos.