Ley
Artículo 88 — Procedimiento especial — Ley de Protección Fitosanitaria
- Número
- 7664
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10950, La Gaceta N.º 106 del 10 jun 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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CAPÍTULO X
DE LOS PROCEDIMIENTOS EN LA APLICACION DE MEDIDAS TECNICAS
En el reglamento respectivo, también se definirá el procedimiento especial que se utilizará cuando técnicamente se requiera la destrucción o reexpedición inmediata de vegetales, agentes de control biológico y otros tipos de organismos para uso agrícola y sus empaques, como único medio para eliminar una plaga de importancia cuarentenal que, por sus características, puede introducirse, diseminarse, establecerse rápidamente y causar graves daños a la agricultura nacional.
(Así modificada su numeración por el artículo 2° de la ley N° 10497 del 18 de julio del 2024, que lo traspasó del antiguo artículo 81 al artículo 88)