Ley
Artículo 9 — Protección provisional — Ley de protección de las obtenciones vegetales
- Número
- 8631
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO II
ORGANIZACIÓN Y PROCEDIMIENTOS
El solicitante tendrá derecho a reclamar una indemnización por daños y perjuicios contra cualquier persona que, durante el período comprendido entre la fecha de publicación de la solicitud y la fecha de otorgamiento del certificado de obtentor, haya realizado actos que, tras la concesión del derecho, requieran la autorización del obtentor. Esta indemnización quedará sujeta a la concesión del certificado de obtentor. La publicación surtirá los efectos de una notificación ante terceros.