Ley
Artículo 10 — Reinserción — Ley de Prevención de la violencia en personas menores de edad y personas jóvenes
- Número
- 10475
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10795, La Gaceta N.º 233 del 11 dic 2025 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
El Ministerio de Justicia y Paz incluirá en sus planes un programa de reinserción con enfoque restaurativo, para la persona menor de edad y personas jóvenes que sean procesadas por delitos y/o contravenciones.
El Ministerio de Educación Pública (MEP) establecerá en sus programas un eje de recuperación de personas menores de edad y personas jóvenes víctimas y victimarias de bul/ying.
El Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia (IAFA) establecerá en sus programas el asesoramiento y apoyo en centros educativos, gobiernos locales, Ministerio de Seguridad para la reinserción y recuperación de la adicción al alcohol, al tabaco y a otras drogas lícitas o ilícitas de personas menores de edad y personas jóvenes.
El Instituto Costarricense del Deporte y Recreación (lcoder) incluirá, dentro de los programas deportivos, un eje transversal que promueva la prevención de violencia en la población menor de edad y población joven, procurando el mayor alcance y acceso de dichos programas para todas las personas.