Ley
Artículo 11 — Rendición de cuentas — Ley de Prevención de la violencia en personas menores de edad y personas jóvenes
- Número
- 10475
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10795, La Gaceta N.º 233 del 11 dic 2025 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
Todas las instituciones públicas incluirán, en sus informes de labores, un apartado en el que se desarrollen los alcances y la ejecución de los programas en el eje de prevención de la violencia, destacando los resultados de los objetivos de esta ley a favor de la prevención la violencia en las personas menores de edad y las personas jóvenes. Asimismo, remitirán, a la Comisión Nacional para la Prevención de la Violencia y la Promoción de la Paz Social, un informe de los programas, las acciones y las actividades incluidos en los planes operativos anuales enfocados en la prevención de la violencia, una estimación de los fondos asignados, activos y capital humano, así como un recuento detallado de los resultados concretos de la gestión de cada año.