Ley
Artículo 45 — Plazo para dictar sentencia — Ley de Pensiones Alimentarias
- Número
- 7654
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO II
Del Procedimiento
Una vez evacuada la prueba, la sentencia se dictará dentro del plazo de diez días.