Ley
Artículo 15 — Ley de la Jurisdicción Constitucional
- Número
- 7135
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10013, La Gaceta N.º 188 del 30 sept 2021 · Ver en La Gaceta ↗
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TÍTULO II
Del recurso de habeas corpus
CAPÍTULO ÚNICO
Artículo 15
Vigente desde 11 de octubre de 1989 · texto SINALEVI
Procede el hábeas corpus para garantizar la libertad e integridad personales, contra los actos u omisiones que provengan de una autoridad de cualquier orden, incluso judicial, contra las amenazas a esa libertad y las perturbaciones o restricciones que respecto de ella establezcan indebidamente las autoridades, lo mismo que contra las restricciones ilegítimas del derecho de trasladarse de un lugar a otro de la República, y de libre permanencia, salida e ingreso en su territorio.
(Corregido mediante Fe de Erratas y publicada en la Colección de Leyes y Decretos de 1989 II Semestre I Tomo Página 25. Anteriormente la redacción de este numeral indicaba: "Artículo 15. Procede el hábeas corpus para garantizar la libertad e integridad personales, contra los actos y omisiones que provengan de una autoridad de cualquier orden, incluso judicial, conta las amenazas a esa libertad y las perturbaciones o restricciones que respecto de ella establezcan indebidamente las autoridades, lo mismo que conta las restricciones ilegítimas del derecho de trasladarse de un lugar a otro de la República, y de libre permanencia, salida e ingreso en su territorio.")
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 20252 · Sala Constitucional
Constitucional
«El artículo 15 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, establece el recurso de habeas corpus como un recurso especial y preferente en aquellos casos en los que se estima la existencia de una vulneración de los derechos constitucionales a la libertad y a la integridad personal»
- Resolución 03754-2022 · Sala Constitucional
Constitucional
«"Antes de analizar el fondo del asunto, conviene aclarar que esta Sala en reiteradas ocasiones ha indicado que la finalidad de esta jurisdicción es brindar tutela oportuna contra infracciones o amenazas a los derechos y libertades fundamentales, no la de servir como un instrumento genérico para canalizar otros tipos…»
- Resolución 22207-2021 · Sala Constitucional
Constitucional
«(artículo 15 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional; el subrayado es agregado).»
- Resolución 22207 · Sala Constitucional
Constitucional
«(artículo 15 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional; el subrayado es agregado).»
- Resolución 20068-2021 · Sala Constitucional
Constitucional
«"(…) III.- Sobre las competencias de control de esta Sala, en relación con el proceso penal. - En nuestro país, el desarrollo hermenéutico de proceso de hábeas corpus ha determinado que este recurso se dirija a controlar requisitos constitucionales fundamentales para situaciones de abierta “arbitrariedad”»
- Resolución 20649 · Sala Constitucional
Constitucional
«"Artículo 15. Procede el hábeas corpus para garantizar la libertad e integridad personales, contra los actos u omisiones que provengan de una autoridad de cualquier orden, incluso judicial, contra las amenazas a esa libertad y las perturbaciones o\nrestricciones que respecto de ella establezcan indebidamente las…»