Ley
Artículo 65 — Procedimientos para el envío de información — Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos
- Número
- 8131
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10524, La Gaceta N.º 182 del 1 oct 2024 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO VI
SUBSISTEMA DE TESORERÍA
CAPÍTULO II
ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS
Artículo 65
Procedimientos para el envío de información
Vigente desde 18 de septiembre de 2001 · texto SINALEVI
La Tesorería Nacional, en coordinación con la Contabilidad Nacional, definirá los procedimientos para enviar la información, así como los comprobantes sobre las sumas recaudadas y los pagos realizados por cuenta del tesoro público.