Ley
Artículo 51 — Penal Juvenil — Ley de Justicia Restaurativa
- Número
- 9582
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10558, La Gaceta N.º 213 del 13 nov 2024 · Ver en La Gaceta ↗
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TÍTULO III
REFORMAS DE OTRAS LEYES
CAPÍTULO ÚNICO
REFORMAS DE OTRAS LEYES
Adición del artículo 10 bis a la Ley N.º 7576, Ley de Justicia. Se adiciona el artículo 10 bis a la Ley N.º 7576, Ley de Justicia Penal Juvenil, de 8 de marzo de 1996. El texto es el siguiente:
Artículo 10 bis- Derecho a la justicia restaurativa. Desde el inicio de la investigación policial, durante la tramitación del proceso judicial y en fase de ejecución, las personas menores de edad tienen derecho a ser informadas sobre la justicia restaurativa como una alternativa para promover la restauración personal y el daño causado a la víctima y comunidad. Asimismo, a que en los casos en que las partes intervinientes manifiesten su aprobación, se tramite la causa penal juvenil mediante la aplicación del procedimiento de justicia juvenil restaurativa, de conformidad con la ley vigente.