Ley
Transitorio 4 — Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso No Autorizado, actividades Conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo
- Número
- 7786
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10961, La Gaceta N.º 113 del 19 jun 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO VIII
Disposiciones Finales y Transitorias
CAPÍTULO II
Disposiciones Transitorias
Transitorio 4
Vigente desde 30 de abril de 1998 · texto SINALEVI
Las disposiciones contenidas en la presente Ley sobre la creación y el funcionamiento del Instituto Costarricense sobre Drogas entrarán en vigencia nueve meses después de la publicación de esta Ley. Sin embargo, las nuevas funciones que esta Ley atribuye a la Unidad de Análisis Financiero, serán ejercidas por la actual Unidad de Análisis Financiero del Centro de Inteligencia Conjunto Antidrogas, durante los nueve meses siguientes a la publicación de esta Ley.