Ley
Artículo 37 — Ley de Creación del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS)
- Número
- 4760
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10555, La Gaceta N.º 218 del 20 nov 2024 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO VIII
Artículo 37
Vigente desde 5 de mayo de 2010 · texto SINALEVI
En el cumplimiento de sus fines, el IMAS podrá financiar, promover o participar en la ejecución de programas destinados a combatir la pobreza que sean propuestos por organizaciones privadas o públicas sin fines de lucro.
(Corrida su numeración por el artículo único de la ley N° 9499 del 16 de noviembre del 2017, que lo traspasó del antiguo artículo 34 al 37)