Ley
Artículo 14 bis — Ley de Creación del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS)
- Número
- 4760
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10555, La Gaceta N.º 218 del 20 nov 2024 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO IV
De los Recursos Económicos
Artículo 14 bis
Vigente desde 30 de enero de 2007 · texto SINALEVI
Otórgase al IMAS la explotación exclusiva de puestos libres de derechos en los puertos, las fronteras y los aeropuertos internacionales.
(Así adicionado por el artículo 1 inciso c) de la Ley N° 8563 del 30 de enero de 2007)