Código
Artículo 290 — Código Procesal Penal
- Número
- 7594
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10900, La Gaceta N.º 104 del 8 jun 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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LIBRO I
PROCEDIMIENTO ORDINARIO
TÍTULO I
PROCEDIMIENTO PREPARATORIO
CAPÍTULO II
ACTOS INICIALES
SECCIÓN TERCERA
Actos del Ministerio Público
Artículo 290
Vigente desde 12 de mayo de 2026 · texto SINALEVI
Facultades del Ministerio Público El Ministerio Público practicará las diligencias y actuaciones de la investigación preparatoria que no requieran autorización judicial ni tengan contenido jurisdiccional.
Podrá exigir informaciones de cualquier funcionario o empleado público, quienes están obligados a colaborar con la investigación, según sus respectivas competencias y a cumplir las solicitudes o pedidos de informes que se realicen conforme a la ley.
Además, podrá disponer las medidas razonables y necesarias para proteger y aislar indicios de prueba en los lugares donde se investigue un delito, a fin de evitar la desaparición o destrucción de rastros, evidencias y otros elementos materiales.
Más información
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00049-2025 · Tribunal Penal de Apelación Especializado en Delincuencia Organizada
Penal
«Por Io expuesto se procede a decretar la presente medida conforme Io establecen los artículos 24 de la Constitución Política and the Ley Numero 7425 sobre Registro Secuestro y examen de documentos privados e intervención de las comunicaciones en sus artigos 1, 2, 3, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 16, 17, 18, 19, artículos 62,…»
- Resolución 01395-2015 · Sala Tercera de la Corte
Penal
«(artículos 290 y 291 ambos del Código Procesal Penal).»
- Resolución 00951-2015 · Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José
Penal
«Lo anterior de acuerdo con los numerales 290, 292, 297 y 299 del Código Procesal Penal.»
- Resolución 01020-2014 · Sala Tercera de la Corte
Penal
«"Lo anterior de acuerdo con los numerales 290, 292, 297 y 299 del Código Procesal Penal."»
- Resolución 02550-2012 · Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José
Penal
«destacando el artículo 290 del Código Procesal Penal que establece: “El Ministerio Público practicará las diligencias y actuaciones de la investigación preparatoria que no requieran autorización judicial ni tengan contenido jurisdiccional…”»
- Resolución 02550-2012 · Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José
Penal
«el párrafo segundo del artículo 181 del Código Procesal Penal,»