Código
Artículo 242 — Aplicación del procedimiento — Código Procesal de Familia
- Número
- 90569
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
LIBRO SEGUNDO
PROCESOS
TÍTULO IV
PROCESOS DE PETICIÓN UNILATERAL
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Se tramitarán como procesos de petición unilateral los siguientes:
- Nombramiento de personas tutoras para personas menores de edad, en aquellos casos en que no se ha establecido como pretensión subsidiaria de un proceso de terminación de los atributos de la responsabilidad parental.
- Salvaguardia para la igualdad jurídica de las personas con discapacidad, conforme al capítulo 11 de este título.
- Nombramiento de personas depositarias para personas menores de edad, en los casos en los cuales no corresponde el nombramiento como medida subsidiaria en procesos judiciales relativos a la resolución de la responsabilidad parental de los padres.
- Autorizaciones para la disposición de derechos en bienes de personas menores de edad o personas con discapacidad.