Código
Artículo 4 — Código Procesal Civil
- Número
- 9342
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10892, La Gaceta N.º 74 del 23 abr 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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LIBRO PRIMERO
NORMAS APLICABLES A TODOS LOS PROCESOS
TÍTULO L
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO III
SUJETOS PROCESALES:
Artículo 4
Vigente desde 3 de febrero de 2016 · texto SINALEVI
Derechos y deberes de las partes e intervinientes 4.1 Derechos. A las partes e intervinientes se les debe garantizar:
- El acceso a la justicia.
- Tribunales imparciales, independientes e idóneos. 3 El uso de medios alternos de solución de conflictos. 4 Los demás derechos reconocidos por la ley.
4.2 Deberes. Las partes y los intervinientes deberán ajustar su conducta a la buena fe, a la lealtad, a la probidad, al uso racional del sistema procesal, al respeto debido de los sujetos procesales y al deber de cooperación con la administración de justicia, evitando todo comportamiento malicioso, temerario, negligente, dilatorio, irrespetuoso o fraudulento. Cualquier acto contrario a estos deberes será considerado como abuso procesal y será sancionado con el rechazo de plano de la gestión, sin perjuicio de las responsabilidades disciplinarias, penales y civiles que correspondan.
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00191-2026 · Tribunal de Apelación Civil y Trabajo Limón Materia Civil
Civil
«Asimismo, la gestión que se formula es contraria a los deberes que prescribe el numeral 4.2 del Código Procesal Civil, al ser evidente su intención dilatoria y por ende abusiva.»
- Resolución 00182-2026 · Tribunal de Apelación Civil y Trabajo Limón Materia Civil
Civil
«be ser revocada, de conformidad con el artículo 73.2 inciso 4 del Código Procesal Civil vigente que regula la exención del pago de costas en forma razonada cuando la conducta de la parte se ajuste a la buena fe, la lealtad, the probidad y el uso racional del sistema procesal»
- Resolución 00180-2026 · Tribunal de Apelación Civil y Trabajo Limón Materia Civil
Civil
«be ser revocada, de conformidad con el artículo 73.2 inciso 4 del Código Procesal Civil vigente que regula la exención del pago de costas en forma razonada cuando la conducta de la parte se ajuste a la buena fe, la lealtad, la probidad y el uso racional del sistema procesal»
- Resolución 00176-2026 · Tribunal de Apelación Civil y Trabajo Limón Materia Civil
Civil
«be ser revocada, de conformidad con el artículo 73.2 inciso 4 del Código Procesal Civil vigente que regula la exención del pago de costas en forma razonada cuando la conducta de la parte se ajuste a la buena fe, la lealtad, la probidad y el uso racional del sistema procesal»
- Resolución 00174-2026 · Tribunal de Apelación Civil y Trabajo Limón Materia Civil
Civil
«be ser revocada, de conformidad con el artículo 73.2 inciso 4 del Código Procesal Civil vigente que regula la exención del pago de costas en forma razonada cuando la conducta de la parte se ajuste a la buena fe, la lealtad, la probidad y el uso racional del sistema procesal»
- Resolución 00003-2026 · Tribunal Disciplinario Notarial
Notarial
«(artículos 2.3 and 4.2 del Código Procesal Civil).»