Código
Artículo 184 — Sustracción simple de una persona menor de edad o sin capacidad volitiva o cognoscitiva — Código Penal
- Número
- 4573
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10942, La Gaceta N.º 106 del 10 jun 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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LIBRO SEGUNDO
De los Delitos
TÍTULO IV
DELITOS CONTRA LA FAMILIA
SECCIÓN III
SUSTRACCIÓN DE MENOR O INCAPAZ
Artículo 184
Sustracción simple de una persona menor de edad o sin capacidad volitiva o cognoscitiva
Vigente desde 8 de octubre de 2003 · texto SINALEVI
Será reprimido con prisión de cinco a diez años, quien sustraiga a una persona menor de edad o sin capacidad volitiva o cognoscitiva, del poder de sus padres, guardadores, curadores, tutores o personas encargadas; igual pena se aplicará contra quien retenga a una de estas personas contra la voluntad de estos.
Cuando sean los padres, guardadores, curadores, tutores o personas encargadas quienes sustraigan o retengan a una persona menor de edad o sin capacidad volitiva o cognoscitiva, serán sancionados con pena de prisión de seis meses a dos años.
(Así reformado por el artículo 2° de la ley "Reforma Código Penal para Endurecer las Penas por Sustracción y Homicidio de Niños, Niñas, Adolescentes y Personas con Discapacidad". ley N°. 8387 de 8 de octubre de 2003).
Más información
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00031-2026 · Tribunal Penal de Apelación Especializado en Delincuencia Organizada
Penal
«numerales 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; 1, 6, 9, 12, 142, 180, 181, 184 y 363 del Código Penal»
- Resolución 00909-2009 · Sala Tercera de la Corte
Penal
«artículos 39 y 41 de la Constitución Política; 1, 4, 6, 142, 175, 176, 178, 181, 182, 184, 238, 239, 258, 265, 267, 360 a 367, del Código Procesal Penal, 1, 18, 30, 45, 48, 49, 50, 71,74, 213 incisos 2) y 3) en relación con el 209 inciso 5) del Código Penal, este Tribunal por unani»
- Resolución 00412-2009 · Sala Tercera de la Corte
Penal
«artículos 1, 6, 37 a 40, 111 a 124, 142, 184, 360, 361, 363, 364, 365 y 367 del Código Procesal Penal, 122, 124 y 125 de las Reglas Vigentes sobre Responsabilidad Civil del Código Penal de 1941»