Código
Artículo 104 — Actas de presencia o comprobación — Código Notarial
- Número
- 7764
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10798, La Gaceta N.º 233 del 11 dic 2025 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO IV
DE LOS DOCUMENTOS NOTARIALES
CAPÍTULO III
ACTAS NOTARIALES
Cuando se trate de comprobar la existencia, condiciones, calidades, o funciones de una persona, el estado de una cosa, los hechos, las fechas, los sucesos o las circunstancias que presencie el notario público, o casos similares, en el acta se harán constar los datos necesarios para la plena eficacia de la intervención.
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00113-2026 · Tribunal de Apelación Civil y Trabajo Limón Materia Civil
Civil
«cumple con todas las formalidades legales exigidas por los artículos 4 و 32 de la Ley de Notificaciones Judiciales, así como por los numerales 102، 103 y 104 del Código Notarial»