Código
Artículo 112 — Transacción de bonos en el Sistema Bancario Nacional — Código Electoral
- Número
- 8765
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10952, La Gaceta N.º 117 del 25 jun 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO III
PARTIDOS POLÍTICOS
CAPÍTULO VI
RÉGIMEN ECONÓMICO DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS
SECCIÓN V
BONOS DE CONTRIBUCIÓN ESTATAL
Artículo 112
Transacción de bonos en el Sistema Bancario Nacional
Vigente desde 19 de agosto de 2009 · texto SINALEVI
Los bancos del Sistema Bancario Nacional, sus dependencias y sucursales podrán comprar, vender y recibir los bonos de contribución del Estado a los partidos políticos, en pago de todo tipo de obligaciones, así como conservarlos en inversión.
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00111-2020 · Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José
Penal
«artículos 52, 86 a 119 del Código Electoral»
- Resolución 01491-2017 · Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José
Penal
«artículos 52, 86 a 119 del Código Electoral»