Código
Artículo 467 — Código de Trabajo
- Número
- 2
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10895, La Gaceta N.º 74 del 23 abr 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO DÉCIMO
CAPÍTULO QUINTO
Actividad procesal
SECCIÓN I
Disposiciones varias
Artículo 467
Vigente desde 25 de enero de 2016 · texto SINALEVI
Las gestiones escritas se presentarán directamente en el despacho judicial al que van dirigidas o en el sitio previsto por la organización judicial para hacer esas presentaciones y sus efectos se producirán, en este último caso, el día y la hora de la presentación, con independencia de la jornada ordinaria de trabajo del despacho respectivo.
Podrán ser enviados por fax u otro medio idóneo que se encuentre a disposición del despacho, sin que sea necesaria la presentación del original, salvo que la parte contraria alegara alteración del escrito.
Las gestiones escritas presentadas equivocadamente en un despacho u oficina que no corresponde, surtirán efecto a partir del momento en que sean recibidas por el órgano que debe conocerlas.
(Así reformado por el artículo 2° de la ley N° 9343 del 25 de enero de 2016, "Reforma Procesal Laboral".)