Código
Artículo 222 — Código de Trabajo
- Número
- 2
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10895, La Gaceta N.º 74 del 23 abr 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO CUARTO
DE LA PROTECCION A LOS TRABAJADORES DURANTE EL EJERCICIO DEL TRABAJO
CAPÍTULO TERCERO
Artículo 222
Vigente desde 9 de marzo de 1982 · texto SINALEVI
La notificación, a que se refiere el artículo anterior, contendrá los siguientes datos:
Nombre completo del patrono, domicilio e indicación de la persona que lo representa en la dirección de los trabajos.
Nombre y apellidos completos del trabajador al que le ocurrió el riesgo, número de cédula de identidad o permiso de patronato, domicilio, fecha de ingreso al trabajo, empleo que ocupa y salario diario y mensual- promedio de los últimos tres meses.
Descripción clara del riesgo, con indicación del lugar, fecha y hora en que ocurrió. ch) Nombre y apellidos de las personas que presenciaron la ocurrencia del riesgo, así como su domicilio.
Nombre y apellidos de los parientes más cercanos o dependientes del trabajador, al que ocurrió el infortunio.
Cualesquiera otros datos que se consideren de interés.
(Así reformado por el artículo 1º de la Ley Sobre Riesgos del Trabajo, Nº 6727 de 9 de marzo de 1982)