Código
Artículo 19 — Código de Trabajo
- Número
- 2
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10895, La Gaceta N.º 74 del 23 abr 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO SEGUNDO
DE LOS CONTRATOS Y DE LAS CONVENCIONES DE TRABAJO
CAPÍTULO PRIMERO
Disposiciones generales y del contrato individual de trabajo
Artículo 19
Vigente desde 6 de diciembre de 1944 · texto SINALEVI
El contrato de trabajo obliga tanto a lo que se expresa en él, como a las consecuencias que del mismo se deriven según la buena fe, la equidad, el uso, la costumbre o la ley.
En los contratos de trabajos agrícolas, por precio diario, el patrono, en las épocas de recolección de cosechas, está autorizado a dedicar al trabajador a las tareas de recolección, retribuyéndole su esfuerzo a destajo con el precio corriente que se pago por esa labor. En tal caso, corren para el trabajador todos los términos que le favorecen, pues el contrato de trabajo no se interrumpe.
(Así adicionado el párrafo anterior por el artículo 1° de la ley N° 33 del 6 de diciembre de 1944 )
Más información
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 01038-2026 · Sala Segunda de la Corte
Laboral
«atendiendo a las particularidades del caso, que previamente a la extinción del vínculo, la parte trabajadora debe darle la oportunidad a la empleadora de rectificar su actuación lesiva. (ver resolución de esta Sala n.° 3609 de las 16:22 horas del 13 de diciembre del 2024).»
- Resolución 00670-2026 · Tribunal Contencioso Administrativo
Contencioso-administrativo
«artículos 1, 2, 4, 14, 15, 17, 18, 19, 21 418, 489, 490 y 493 del CT»
- Resolución 08642-2025 · Tribunal Contencioso Administrativo
Contencioso-administrativo
«Precisó que el Código de Trabajo, en su artículo 19 establece la obligación de actuar de buena fe»
- Resolución 08483-2025 · Tribunal Contencioso Administrativo
Contencioso-administrativo
«al invocar los numerales 19, 71 incisos b y d, 81 incisos a y I, del Código de Trabajo.»
- Resolución 08358-2025 · Tribunal Contencioso Administrativo
Contencioso-administrativo
«Fundamento la presente demanda en lo establecido en los artículos ... 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21... del Código de Trabajo»
- Resolución 00196-2023 · Tribunal de Apelación Civil y Trabajo Guanacaste Sede Liberia Materia Laboral
Laboral
«(articulo 19 del Código de Trabajo), además del perjuicio que representa para la persona trabajadora»