Código
Artículo 40 — Atribuciones del Fiscal — Código de Procedimientos Penales
- Número
- 5377
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
LIBRO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
TÍTULO IV
Ministerio Público y Policía Judicial
CAPÍTULO I
Ministerio Público
Además de las funciones acordadas por la ley, el Fiscal del Tribunal de Juicio actuará durante el juicio y podrá llamar por intermedio del Tribunal al Agente Fiscal que haya intervenido en la instrucción, en los siguientes casos:
- Cuando se trate de un asunto complejo, para que le suministre informaciones o coadyuve con él, incluso durante el debate; 2) Si estuviere en desacuerdo fundamental con el requerimiento fiscal o le fuere imposible actuar, para que mantenga oralmente la acusación.