Código
Artículo 165 — Trámite — Código de Normas y Procedimientos Tributarios ( Código Tributario )
- Número
- 4755
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10808, La Gaceta N.º 233 del 11 dic 2025 · Ver en La Gaceta ↗
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TÍTULO V
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
CAPÍTULO II
Juicio Contencioso Administrativo
Contra los fallos del Tribunal Fiscal Administrativo, el interesado podrá iniciar un juicio contencioso-administrativo, de acuerdo con las disposiciones del Código Procesal Contencioso-Administrativo.
Cuando la dependencia o institución encargada de aplicar el tributo estime que la resolución dictada por el Tribunal Fiscal Administrativo no se ajusta al ordenamiento jurídico, podrá impugnarla de acuerdo con las disposiciones del Código Procesal Contencioso-Administrativo; para ello, deberá adjuntar la autorización escrita emanada del Ministerio de Hacienda, si se trata de la Administración Tributaria.
Para lo anterior, el órgano o la entidad encargada de aplicar el tributo deberá presentar, al referido Ministerio o autoridad, un informe motivado que indique las razones por las que estima conveniente impugnar la respectiva resolución administrativa. El Ministerio o la entidad competente deberá decidir sobre la procedencia de la impugnación, previo dictamen del órgano legal correspondiente.
(Así reformado por el artículo 201, inciso 3) de la Ley N° 8508 de 28 de abril de 2006, Código Procesal Contencioso-Administrativo). (Así corregida su numeración por el artículo 10 de la Ley de Justicia Tributaria No.7535 del 1 de agosto de 1995, que lo traspasó del antiguo 156 al actual)
Más información
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00039-2026 · Tribunal Contencioso Administrativo
Contencioso-administrativo
«al interpretar y aplicar el artículo 165 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.»
- Resolución 04291-2023 · Tribunal Contencioso Administrativo Sección I
Contencioso-administrativo
«artículo 165 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, el contribuyente puede impugnar los actos de la Administración tributaria conforme a las reglas del Código Contencioso Administrativo (CPCA)»
- Resolución 00013-2022 · Tribunal Contencioso Administrativo Sección I
Contencioso-administrativo
«en el presente proceso, de acuerdo a lo previsto en el numeral 165 del CNPT, el contribuyente puede impugnar los actos de la Administración tributaria conforme a las reglas del Código Contencioso Administrativo (CPCA).»
- Resolución 00856-2012 · Sala Primera de la Corte
Contencioso-administrativo
«Reclama inaplicación de los artículos 150 y 165 del CNPT e indebida interpretación y aplicación del numeral 175 de la Ley General de la Administración Pública (LGAP).»