Código
Artículo 166 — Objeto y campo de aplicación — Código de Normas y Procedimientos Tributarios ( Código Tributario )
- Número
- 4755
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10808, La Gaceta N.º 233 del 11 dic 2025 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO VI
DERECHOS Y GARANTÍAS DEL CONTRIBUYENTE
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
El presente capítulo regula los derechos y las garantías fundamentales de los sujetos pasivos del cumplimiento de la obligación tributaria, ya sea en su condición de contribuyentes, responsables y de toda persona física o jurídica a la cual la ley creadora del tributo le asigne el cumplimiento de deberes u obligaciones, sea como retenedores, obligados a ingresar a cuenta, sucesores de la deuda tributaria, representantes legales o voluntarios y obligados a suministrar información o a prestar colaboración a las direcciones generales de Aduanas, Hacienda, Tributación, así como de la Dirección General de Policía de Control Fiscal del Ministerio de Hacienda, todos los cuales se denominan en el presente título como "contribuyentes".
Los derechos y las garantías contenidos en el presente Código se entienden sin perjuicio de los demás reconocidos en el resto del ordenamiento jurídico.
Para los fines de aplicación e interpretación del presente título se entenderá por "Administración Tributaria" el órgano, sea la Dirección General de Tributación, la Dirección General de Aduanas, así como la Dirección General de Hacienda y la Dirección General de Policía de Control Fiscal, a la cual la ley le atribuye las competencias de gestión, normativa, fiscalización y recaudación del tributo.
(Así adicionado por el artículo 2° de la ley N° 9069 del 10 de setiembre del 2012,"Ley de fortalecimiento de la Gestión Tributaria") (Así adicionado el Título VI anterior por el artículo 2° de la ley N° 9069 del 10 de setiembre del 2012, "Ley de fortalecimiento de la Gestión Tributaria")
Más información
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00249-2004 · Sala Primera de la Corte
Tributario
«Los artículos 166 y 168 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios definen como competencias de la Oficina de Cobros del Ministerio de Hacienda el exigir los impuestos, tasas, contribuciones y otros rubros del Poder Central no sujetos a leyes especiales, así como de toda clase de créditos a su favor; disponer…»