Código
Artículo 34 — Código de Minería
- Número
- 6797
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO IV
De la concesión de explotación
Artículo 34
Vigente desde 1 de diciembre de 2010 · texto SINALEVI
El titular de una concesión de explotación estará obligado a:
- Redactar un reglamento de seguridad que deberá ser aprobado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, previo dictamen de la institución estatal encargada de los riesgos profesionales, y que será puesto en conocimiento de su personal.
- Presentar, a la Dirección, informes anuales detallados de las labores realizadas, debidamente refrendados por un geólogo o por un ingeniero de minas incorporado al respectivo colegio profesional.
- Mantener al día los documentos siguientes: 1) Un plano, a escala conveniente, de los trabajos superficiales o subterráneos. 2) Un diario de los trabajos, en que se consignen, los hechos importantes ocurridos; en particular sobre accidentes de trabajo. 3) Un registro del personal empleado. 4) Un registro de producción, venta, almacenamiento y exportación de las sustancias minerales. Estos documentos quedarán a disposición de la Dirección de Geología, Minas e Hidrocarburos, la cual podrá consultarlos en todo momento. ch) Anulado.
- Pagar los derechos e impuestos establecidos por ley.
- Informar, semestralmente, a la Dirección los cambios en la propiedad de las acciones nominativas.
- Cumplir con las obligaciones establecidas en la presente ley y su reglamento, y en la resolución de otorgamiento de la concesión.
- Explotar, racional y efectivamente, el o los yacimientos otorgados en concesión.
El incumplimiento de estas disposiciones causará la caducidad inmediata de la concesión, la cual será decidida por la Dirección, revia amonestación del caso, según lo estipulado en el título X de esta ley.
(Anulado este inciso mediante resolución de la Sala Constitucional N° 17155 del 5 de noviembre de 2009.)