Código
Artículo 607 — Código de Comercio
- Número
- 3284
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10902, La Gaceta N.º 104 del 8 jun 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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LIBRO SEGUNDO
TÍTULO I
Obligaciones y Contratos
CAPÍTULO X
Del Contrato de Cuenta Corriente
Artículo 607
Vigente desde 30 de abril de 1964 · texto SINALEVI
La admisión en la cuenta corriente de obligaciones anteriores de cualquiera de los contratantes en favor del otro, producirá novación, a menos que el acreedor o deudor hagan una formal reserva a este respecto. En ausencia de reserva expresa, la admisión de un valor en cuenta corriente se presumirá hecha pura y simplemente.
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00175-2026 · Tribunal de Apelación Civil y Trabajo Limón Materia Civil
Civil
«artículos 602 a 611 de ese cuerpo normativo regulan la cuenta corriente en general»
- Resolución 00159-2023 · Tribunal de Apelación Civil y Trabajo Cartago Sede Cartago Materia Civil
Cuenta corriente mercantil
«artículos 602 a 611 de ese cuerpo normativo regulan la cuenta corriente en general»
- Resolución 00231-2024 · Tribunal de Apelación Civil y Trabajo Cartago Sede Cartago Materia Civil
Cuenta corriente mercantil
«artículos 602 a 611 de ese cuerpo normativo regulan la cuenta corriente en general»