Código
Artículo 880 — casos de suspensión — Código Civil
- Número
- 30
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10724, La Gaceta N.º 149 del 12 ago 2025 · Ver en La Gaceta ↗
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LIBRO III
DE LAS OBLIGACIONES
TÍTULO VI
DE LA PRESCRIPCIÓN
CAPÍTULO V
De la suspensión de la prescripción
No corre la prescripción:
1º.- Contra los menores y los incapacitados durante el tiempo que estén sin tutor o curador que los represente conforme a la ley.
2º.- Entre padres e hijos cuando se mantengan los atributos de la responsabilidad parental.
3º.- Entre los menores é incapacitados y sus tutores o curadores, mientras dure tutela o curatela.
4º.- Contra los militares en servicio activo en tiempo de guerra, tanto dentro como fuera de la República.
5º.- Contra la herencia yacente, mientras no haya albacea que hubiere aceptado.
6º.- Contra los jornaleros y sirvientes domésticos, respecto a sus jornales o salarios, mientras continúen trabajando o sirviendo al que se los debe.
7º.- A favor del deudor que con hechos ilícitos ha impedido el ejercicio de la acción de un acreedor.
8- Cuando se trate de responsabilidad civil derivada del encubrimiento de delitos sexuales cometidos en perjuicio de personas menores de edad y personas con discapacidad, que son aquellas que tienen deficiencias físicas, limitaciones mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo.
(Así reformado el párrafo anterior por el artículo 2° punto V) de la ley que aprobó el Código Procesal de Familia, N° 9747 del 23 de octubre de 2019) (Así reformado el inciso anterior por el artículo 2° punto V) de la ley que aprobó el Código Procesal de Familia, N° 9747 del 23 de octubre de 2019) (Así adicionado el inciso anterior por el artículo 4° de la Ley contra el silencia en delitos sexuales en perjuicio de la niñez y personas con discapacidad, responsabilidad civil solidaria, deber de denuncia y garantía de cumplimiento de protocolos de investigación, N° 10813 del 16 de noviembre del 2025)
Más información
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00378-2026 · Tribunal Contencioso Administrativo
Contencioso-administrativo
«...En cuanto a las causas de suspensión, ha de estarse a lo que establece el ordinal 880 del Código Civil...»
- Resolución 00237-2026 · Tribunal Contencioso Administrativo
Contencioso-administrativo
«(a modo de ejemplo se citan los ordinales 880 del Código Civil and el 976 del Código de Comercio)»
- Resolución 05999-2025 · Tribunal Contencioso Administrativo
Contencioso-administrativo
«En cuanto a las causas de suspensión, ha de estarse a lo que establece el ordinal 880 del Código Civil»
- Resolución 00132-2024 · Sala Segunda de la Corte
Laboral
«sin que en autos conste alguno de los elementos que citan los artículos 880 del Código Civil y 413 del Código de Trabajo como interruptores o motivos de suspensión de la prescripción»
- Resolución 00195-2023 · Tribunal Disciplinario Notarial
Notarial
«...el plazo prescriptivo debe contarse a partir del cabal conocimiento de la parte de la supuesta falta cometida, por haber mediado un ocultamiento malicioso, que le impedía accionar (doctrina del artículo 880 del Código Civil).»
- Resolución 00153-2017 · Tribunal Disciplinario Notarial
Notarial
«en el caso de marras, en el que deviene inaplicable el artículo 880 del Código Civil»