Código
Artículo 632 — Código Civil
- Número
- 30
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10724, La Gaceta N.º 149 del 12 ago 2025 · Ver en La Gaceta ↗
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LIBRO III
DE LAS OBLIGACIONES
TÍTULO I
DIVERSAS CLASES DE OBLIGACIONES
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 632
Vigente desde 16 de noviembre de 2025 · texto SINALEVI
Las causas productoras de obligación, son: -los contratos, los cuasi-contratos, los delitos, los cuasi-delitos y la ley.
Más información
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00558-2012 · Sala Tercera de la Corte
Penal
«De conformidad con los artículos 632 y 1045 del Código Civil»
- Resolución 00379-2008 · Sala Tercera de la Corte
Penal
«artículo 632»
- Resolución 00343-2007 · Sala Primera de la Corte
Civil
«Alega violación de los numerales 1, 2, 298, 300 y 411 de Código de Comercio, 10, 21, 22, 627, 632, 1009, 1022 y 1023 del Código Civil and 28 of the Constitution»
- Resolución 00034-2023 · Tribunal Contencioso Administrativo Sección VII
Civil
«el legislador incluyó como causas productoras, las figuras estipuladas en el artículo 632 del Código Civil, sea a los contratos, los cuasi-contratos, los delitos, los cuasi-delitos y la ley»