Reglamento
Artículo 17 — Persona encargada de la base de datos — Reglamento de Protección de Datos del Poder Judicial
- Número
- 102672
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO II
Disposiciones comunes para todas las bases de datos de acceso público en el Poder Judicial, excepto para Nexus.PJ
Artículo 17
Persona encargada de la base de datos
Vigente desde 2 de septiembre de 2024 · texto SINALEVI
Toda base de datos de acceso público del Poder Judicial deberá tener una persona encargada de la parte tecnológica y de seguridad de la información y una persona encargada del contenido que se sube a la base de datos. La función principal de las personas encargadas de la base de datos es la de velar por el cumplimiento integral de las disposiciones de tratamiento de datos, lo que en ningún caso releva a las persona identificadoras o protectoras de datos de la responsabilidad en la que puedan incurrir por no cumplir con sus respectivas obligaciones.
Esta responsabilidad recaerá en las jefaturas de las oficinas que administran las diferentes bases de datos de acceso público, tanto desde el punto de vista tecnológico y de seguridad de la información, como desde el punto de vista de alimentación de contenido.
Cuando en una misma base de datos existan diferentes oficinas o despachos encargados, como sucede con la base de datos oficial Nexus.PJ, deberá nombrarse un grupo coordinador que ejerza la representación de todos, mismo que será integrado por las respectivas jefaturas o quienes estas designen.
Es deber de cada oficina administrativa y despacho jurisdiccional que emita resoluciones o documentos de acceso público no disponibles en Nexus.PJ, tener un respaldo de estos, que será conservado y custodiado por el plazo y en la forma en que dispongan los lineamientos institucionales y el ordenamiento jurídico nacional.
En las oficinas administrativas y los despachos jurisdiccionales que tengan información organizada tipo archivos, ficheros, registros o cualquier otro conjunto estructurado de datos, que contengan resoluciones judiciales o documentación administrativa de acceso público que no consten en Nexus.PJ, el órgano emisor o el Archivo Judicial, según sea el caso, deberá brindar el tratamiento adecuado a los datos personales, en los documentos, de acuerdo con las disposiciones legales y reglamentarias.