Reglamento
Transitorio 50 — Actualización de reglamentos — Reglamento para regular el teletrabajo
- Número
- 90342
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO 111
Teletrabajo en el sector público
Las personas empleadoras de derecho privado que requieran ajustar sus reglamentos de trabajo, con el propósito de adecuarlos a las regulaciones contenidas en el presente reglamento, deberán presentar sus proyectos de modificación en el plazo de 6 (seis) meses, contados a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, ante el Departamento de Asesoría Externa de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Lo dispuesto en el párrafo anterior, no obsta para que entren en aplicación las disposiciones contenidas en este reglamento.