Reglamento
Artículo 58 — Higiene y Hábitos del Personal — Reglamento para los Servicios de Alimentación al Público
- Número
- 73436
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO VIII
De la salud e higiene del personal
El personal debe mantener una esmerada higiene personal, especialmente en el lavado de manos, de la siguiente forma:
- Antes de iniciar la manipulación de alimentos.
- Inmediatamente después de haber usado los servicios sanitarios.
- Después de toser o estornudar aún si para tal efecto haya utilizado toalla desechable.
- Después de rascarse la cabeza u otra parte del cuerpo.
- Después de manipular cajas, envases, bultos y otros artículos contaminados.
- Después de manipular alimentos crudos como carnes, pescados, mariscos, entre otros.
- Después de barrer, trapear pisos, recoger y manipular los recipientes de residuos, limpiar mesas del comedor y todas las veces que sea necesario.
- En el área de cocina debe colocarse un lavamanos, dispensador con jabón líquido desinfectante y toallas de secado.
Para asegurar un correcto lavado de manos se describe el siguiente procedimiento:
i. Humedézcase las manos con agua. ii. Aplíquese suficiente jabón para que produzca bastante espuma. iii. Frotarse y restregarse las manos y antebrazos por 20 segundos. iv. Limpiarse las uñas utilizando un cepillo en buen estado y una solución desinfectante.
v. Enjuagarse hasta eliminar los residuos de jabón o espuma. vi. Secarse las manos con toalla desechable o secador de manos. vii. Aplicarse solución desinfectante.
Además, deben observar hábitos de higiene estrictos durante la preparación y servido de los alimentos, tales como, evitar fumar, escupir, hablar por teléfono o ingerir alimentos y bebidas. Deben tener las uñas recortadas, limpias y sin esmalte, no utilizar maquillaje, ni portar ningún tipo de joyas tales como relojes, aretes, cadenas ú otros durante las horas laborales.
Durante la jornada laboral el personal que sirve al público o prepara alimentos no debe participar simultáneamente en actividades de limpieza del local tal como inodoros, orinales, pisos, lavamanos u otros.
El personal encargado de caja que manipula dinero no debe participar en actividades relacionadas con la manipulación de alimentos.