Reglamento
Artículo 43 — Reglamento para la Contratación Laboral y Condiciones de Salud Ocupacional de las Personas Adolecentes
- Número
- 45768
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO V
Oficina de Atención y Erradicación del Trabajo
SECCIÓN III
Atención de personas adolescentes trabajadoras
Artículo 43
Vigente desde 10 de enero de 2001 · texto SINALEVI
Una vez elaborado el estudio sociolaboral correspondiente, se remiten con una recomendación fundamentada a las diferentes instituciones, según sea el caso (IMAS, PANI, CCSS, MEP, Ministerio de Salud, Fundación PANIAMOR, entidades gubernamentales y no gubernamentales), para que las personas adolescentes trabajadoras sean informadas de sus derechos, realicen las gestiones administrativas o judiciales necesarias o sean objeto de tratamientos especiales u otro tipo de ayuda, según lo establece el C.N.A.