Reglamento
Artículo 27 — Reglamento para la Contratación Laboral y Condiciones de Salud Ocupacional de las Personas Adolecentes
- Número
- 45768
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO IV
De la inspección de trabajo
SECCIÓN III
Despido sin autorización
Artículo 27
Vigente desde 10 de enero de 2001 · texto SINALEVI
Si no hubo oposición al acta de prevención por parte del patrono, y transcurrido el plazo concedido por ésta, se procederá a realizar la visita de revisión, con el fin de comprobar si se persiste en la infracción o si el menor fue reinstalado tal como se previno, con lo cual se cierra el ciclo inspectivo y se ordena el archivo del expediente.