Reglamento
Artículo 34 — Reglamento para el Régimen Interno del Consejo de Salud Ocupacional
- Número
- 15249
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO VI
De las finanzas y contabilidad
Artículo 34
Vigente desde 4 de noviembre de 1985 · texto SINALEVI
Toda subvención, donación o legado debe ser conocida por el Órgano Directivo, constar en actas y, si es en efectivo, depositarse de inmediato en la cuenta corriente bancaria del Consejo.