Reglamento
Artículo 39 — De las unidades organizativas del nivel regional — Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud
- Número
- 85308
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO VII
DE LA ORGANIZACIÓN DEL NIVEL REGIONAL
Artículo 39
De las unidades organizativas del nivel regional
Vigente desde 19 de enero de 2026 · texto SINALEVI
Las Direcciones Regionales de Rectoría de la Salud, son unidades organizativas que responden a un modelo de desconcentración técnico, administrativo y geográfico y dependen jerárquicamente de la Dirección General de Salud.
(Así reformado por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 41137 del 16 de marzo de 2018)